URB-AL 2005-2007



Documentación


VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN CHILE.


La violencia en la pareja sigue siendo un fenómeno de importancia en el país. Así lo demuestran los resultados del estudio que el Servicio Nacional de la Mujer dio a conocer el Sernam en el marco de la Campaña de Prevención de la Violencia Intrafamiliar llamada “No dejes que la violencia golpee a tu pareja”.

El 34 % de las mujeres actual o anteriormente casadas de nuestro país ha vivido violencia física y/o sexual, el 16.3% violencia psicológica, el 14,9% ha sido víctima de violencia sexual por parte de su pareja, y un 50,3% han experimentado situaciones de violencia en la relación de pareja alguna vez en la vida.

Estas son algunas de las cifras que se desprenden del estudio “Detección y análisis Prevalencia de la Violencia Intrafamiliar” realizado por el Centro de Análisis de Políticas Públicas de la Universidad de Chile por encargo del Servicio Nacional de la Mujer, Sernam.

El cuestionario de aplicó sobre 1.358 mujeres de entre 15 y 49 años residentes en las áreas urbanas de la Región Metropolitana. Cabe destacar que el instrumento utilizado está adherido al protocolo básico para investigación de la violencia intrafamiliar de la Organización Mundial de la Salud. (OMS), adaptando las preguntas a la realidad chilena. De esta forma, el Sernam se ha hecho parte de una muestra multinacional de la OMS, que permitirá incorporar los resultados obtenidos en Chile a un análisis y comparación de estudios que se están realizando en distintos continentes.

La investigación se dio a conocer en el marco de la Campaña de Prevención de la Violencia Intrafamiliar llamada “No dejes que la violencia golpee a tu pareja”, realizada por el Sernam.

En 1992 se realizó el primer estudio de prevalencia en violencia intrafamiliar, con una muestra de 1.000 mujeres de la Región Metropolitana, que indicaba que en uno de cada cuatro hogares las mujeres casadas o en convivencia viven violencia de parte de su pareja.

Sin embargo, Marcela Ferrer, Investigadora responsable del actual estudio indica que no son investigaciones comparables.“El último estudio de prevalencia de 1992 en la Región Metropolitana encontró que un 25% sufre violencia física. Teniendo en cuenta los datos del estudio realizado este año, se podría decir que la violencia física ha aumentado, pero lo que en realidad aumentó fue la declaración de situaciones de violencia en el estrato alto; y desde el punto de vista de la violencia psicológica se podría hablar de un descenso, sin embargo en el estudio anterior los rangos de edad eran distintos y las características de las mujeres también. El contexto es otro factor a considerar, pues el 92 no existía una ley de violencia y el país llevaba sólo dos años en democracia. Son instrumentos distintos y no son comparables”, explica Ferrer.

 

 

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN AMERICA LATINA



En la región tiene gran amplitud el fenómeno de la violencia doméstica. Según estiman Buvinic, Morrison y Schifter (1999), entre el 30 y 50% de las mujeres latinoamericanas, según el país en que vivan, sufren de violencia psicológica en sus hogares, y entre el 10 y el 35%, violencia física.

Además de su inhumanidad básica y sus múltiples repercusiones sobre la mujer, la violencia doméstica causa daños graves a la estructura familiar. Indica dificultades muy serias en dicha estructura. Tiene repercusiones de todo tipo en los hijos. Un estudio realizado por el BID en Nicaragua (1997) muestra que los hijos de familias con violencia intrafamiliar son tres veces más propensos a asistir a consultas médicas y son hospitalizados con mayor frecuencia. El 63% de ellos repite años escolares y abandona la escuela, en promedio, a los 9 años de edad. Los de hogares sin violencia permanecen, promedio, hasta los 12 años en la escuela.

Por otra parte, la violencia doméstica es a su vez un modelo de referencia con posibilidades de ser reproducido por los hijos, lo que llevará también a que constituyan familias con serias deficiencias. Diversos estudios, entre ellos Strauss (1980), indican que la tasa de conductas de este orden de los hijos que han visto en sus hogares este comportamiento superan ampliamente a las observables entre quienes no lo han tenido en sus familias.

Si bien el fenómeno es de gran complejidad e influido por numerosas variables, la pobreza aparece claramente como un factor de riesgo clave. Según refiere Buvinic (1997), en Chile, por ejemplo, los casos de violencia física son cinco veces más frecuentes en los grupos de bajos ingresos y la violencia física grave es siete veces más común en ellos, verificándose también esas relaciones en otros países.

Las realidades cotidianas de desocupación, subocupación, informalidad, antes mencionadas, y otros procesos de deterioro económico tensan al máximo las relaciones intrafamiliares y crean ambientes propicios a este fenómeno, fatal para la integridad de la familia

 


¿A QUIENES PROTEGE LA LEY Nº 19.325?



A los y las mayores de 18 años de edad que sean respecto del ofensor:

Ascendientes (padres o madres, abuelos o abuelas).
Convivientes (parejas no casadas entre sí).
Cónyuges (parejas casadas entre sí).

A los y las menores de 18 años o discapacitados que sean respecto del ofensor:

Descendientes (hijos, hijas, nietos, nietas, bisnietos, biesniestas).
Adoptados.
Personas bajo tutela, guarda o curaduría.
Parientes consanguíneos hasta el 4º grado inclusive.
Los que se encuentran bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar y que vivan bajo un mismo techo, aunque no sean parientes.

La ley se aplica aunque la persona que ejerce violencia ya no viva con el grupo familiar.

 


SANCIONES QUE ESTABLECE LA LEY.



Al final del juicio, el tribunal puede aplicar una de las siguientes sanciones al agresor:

Asistencia obligatoria a programas terapéuticos hasta por seis meses.
Multa de uno a diez ingresos diarios.
Prisión de 1 a 60 días.

La multa y la prisión pueden cambiarse, a petición del condenado, por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.

Si el condenado no cumple la sentencia, se debe recurrir al mismo tribunal que conoció de la violencia intrafamiliar, señalando en un escrito el incumplimiento y solicitando su cumplimiento forzado (cumplimiento incidental de la sentencia). Se debe solicitar en el plazo máximo de un año desde que fue condenado.

No corresponde que el tribunal niegue este cumplimiento aunque haya archivado la causa.

En caso que el hecho o los hechos en que se fundamente la denuncia o la demanda de origen a un delito, como por ejemplo lesiones graves, violación, abusos deshonestos, etc. el Tribunal Civil deberá enviar de inmediato el proceso al Juzgado de Letras en lo criminal competente.

El Juez del Crimen tendrá la facultad de decretar las medidas precautorias señaladas anteriormente.

El Servicio de Registro Civil e Identificación deberá llevar un registro especial de las personas que hayan sido condenadas por sentencia ejecutoriada como autores de actos de violencia intrafamiliar.

 


COMO PROTEGERSE ANTE UN INCIDENTE VIOLENTO.



Si usted es víctima de violencia intrafamiliar recuerde que la mejor medida de protección es denunciar el hecho como primer paso para detenerla.



SI TEME QUE PUEDA OCURRIR UN ACTO VIOLENTO:


Saque cualquier arma que se encuentre en su casa.
Memorice los números de teléfonos de emergencia.
Mantenga un teléfono en una habitación que pueda cerrarce.
Obtenga un teléfono celular y manténgalo con usted.
Planifique una ruta para escapar de su casa.
Piense a donde va a ir si tiene que escapar.
Pida a sus vecinos que llamen a la policía si escuchan gritos o peleas.
Haga un bolso o maleta con cosas importantes que quizás necesite si tiene que salir rápidamente, guárdela en un lugar seguro o déjala con alguna amistad o familiar de confianza, incluya dinero en efectivo.

ANTE UNA AGRESIÓN INMINENTE:

Aléjese de la cocina (los cuchillos pueden ser usados como armas.
Aléjese de baños o áreas pequeñas donde la puedan atrapar.
Corra a una habitación que tenga una ventana para escapar o gritar.
Enciérrece a una habitación que tenga teléfono.
Llame a la policía lo antes posible.
Cuando acuda la policía, cuente lo sucedido.
Si ha sido golpeada, busque ayuda medica y denuncie el hecho en cuanto reciba atención.

Si el agresor ya no vive en la misma casa, cambie las cerraduras de las puertas y ponga cerradura o rejas a las ventanas, cambie su número de teléfono y regístrelo como privado.

"Fuente: violenciaintrafamiliar.cl".

 

 

 

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