URB-AL 2005-2007



Documentación

 

Violencia intrafamiliar en Chile: maltrato psicológico podría ser visto por tribunales de familia

 

SENADO DE CHILE.
Lunes, 8 de agosto 2005

Esa es una propuesta que se baraja al interior de la comisión mixta, instancia destinada a resolver las diferencias surgidas en la tramitación en ambas ramas del poder Legislativo, según informó uno de sus integrantes, el senador José Antonio Viera Gallo.

Los senadores Alberto Espina y José Antonio Viera Gallo junto a la ministra del Sernam, Cecilia Pérez.

“El maltrato sicológico en una pareja podría ser abordado primero por los tribunales de familia. Si este tribunal estima que es un maltrato grave que pudiera traducirse en agresiones o que de por si ya produce un daño profundo en la personalidad del cónyuge víctima, entonces, ese tribunal lo tendría que pasar a la fiscalía”, afirmó el senador José Antonio Viera Gallo, al dar a conocer la propuesta que se baraja en la comisión Mixta, instancia destinada a resolver las diferencias surgidas en la tramitación en ambas ramas del poder Legislativo, para evitar que estas situaciones queden al margen de la ley.

El legislador explicó que existe temor en la instancia en lo que respecta a la simple tipificación del delito de violencia intrafamiliar, sobre todo en lo que se refiere a la violencia sicológica, en cuanto a “que la fiscalía no esté en condiciones de abordarlo porque tiene muchos otros temas muy graves de qué preocuparse”.

Cabe señalar que en primer trámite, la Cámara de Diputados tipificó el delito de violencia intrafamiliar con una pena baja, de 61 días a 3 años. El Senado adoptó otro criterio, eliminó dicho delito, pero aumento en un grado las penas por lesiones corporales cuando se trata de violencia intrafamiliar y además dejó constancia que parte de la violencia intrafamiliar está comprendida en el delito de amenazas que tiene una pena alta. “Lo que no sea amenaza o lesión que deja huella corporal que es básicamente la violencia sicológica o lesiones muy leves, quedó en manos de los tribunales de familia”, recordó el parlamentario, quien informó que los diputados desean reincorporar el delito de violencia intrafamiliar tipificándolo como el maltrato habitual o continuo.

Sin embargo, el senador José Antonio Viera Gallo reconoció que los senadores consideran que la expresión de “maltrato habitual” es muy vaga pues no se aclara qué se entiende por habitual, es decir si es una o dos veces y que incluso aun más dudas hay respecto de la definición de “continuo”, por lo cual, dijo, la comisión Mixta está buscando alcanzar una solución razonable. 

“Lo que vemos como una posible vía de solución es dejar lo que se refiere a los maltratos físicos como lo determinó el Senado y lo que se refiere al maltrato psicológico en una pareja, que el primer acercamiento sea al tribunal de familia”, dijo. 

Aseguró que “si bien la violencia sicológica que es algo intangible, difícil de probar, puede dar origen a hechos de violencia muy graves después o constituir ella misma un hecho grave, sin embargo, puede haber una tendencia de los fiscales a aplicar le principio de oportunidad y simplemente dejar esto en nada” y agregó que los fiscales ya tienen bastante trabajo con el tema de la delincuencia.

Por ello, planteó que los tribunales de familia deberían encargarse de la violencia sicológica. En todo caso, dijo que pueden “haber casos excepcionales donde el maltrato sea muy grande en que valga la pena poner en marcha el proceso penal, pero tiene que haber un cierto filtro y lo que estamos discutiendo es que ese filtro podría ser el tribunal de familia que va a contar además con un comité técnico de sicólogos, asistentes sociales, etc”.

“Un fiscal en Santiago, que tiene que ver hechos gravísimos todos los días y va a llegar una señora que le dice que su marido ejerce sobre mi un maltrato psicológico ¿puede alguien creer que ese fiscal hará algo?, salvo que haya una línea especial de la fiscalía con plata especial que se dedique a eso, pero no hemos tenido recursos para especializar a fiscales con atención exclusiva para delitos de menores, por lo que creo que es muy difícil que haya fiscales que se especialicen en la atención de violencia intrafamiliar”, manifestó respecto del maltrato psicológico, situación que –aseguró- es muy difícil de probar pues es intangible. Por ello, el senador José Antonio Viera Gallo señaló que son los tribunales de familia esos casos tendrán más acogida. 

Acuerdo alcanzados entre el Senado y la Cámara de Diputados

Por su parte, el presidente de la comisión de Constitución, senador Alberto Espina, informó que la comisión Mixta ya se han logrado algunos acuerdos. 
Así, sostuvo que finalmente se estableció “como función del Servicio Nacional de la Mujer formular un plan anual nacional de acción y, además, la de proponer al Presidente de la República las políticas públicas en materias de su competencia”. Cabe recordar que dicho artículo había sido rechazado en tercer trámite por la Cámara de Diputados. 

El legislador señaló que también se zanjaron las discrepancias surgidas respecto a las medidas accesorias derivadas de la condena por violencia intrafamiliar. De esta forma, la comisión Mixta determinó “establecer la obligación del juez de aplicar las medidas accesorias que contempla el proyecto, cuando dicte sentencia condenatoria, entre dichas medidas accesorias que el tribunal deberá imponer, se encuentran: la obligación de abandonar el ofensor el hogar que comparte con la víctima; prohibición de visitar el domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional del ofendido; prohibición de porte y tenencia y, en su caso, el comiso, de armas de fuego; obligación de asistencia a programas terapéuticos o de orientación familiar”. 

Asimismo, informó que “se acordó completar la medida de prohibición para el agresor de visitar el domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional del ofendido, con la prohibición de acercarse a la víctima”.

En cuanto a las medidas cautelares, -artículo que había sido modificado por el Senado en segundo trámite lo que fue posteriormente rechazado por los diputados-, finalmente la comisión Mixta determinó reponerlo, de tal forma que se estableció que en cualquier etapa de la investigación o del procedimiento referidos a delitos vinculados a violencia intrafamiliar, y aún antes de la formalización, el tribunal con competencia en lo penal podrá decretar las medidas cautelares como prohibir o restringir la presencia del ofensor en el hogar común; determinar un régimen provisorio de cuidado personal de los niños, niñas o adolescentes, entre otras. A esto, la instancia compuesta por senadores y diputados agregó que el juez podrá prohibir al infractor acercarse a la víctima. 

En caso de incumplimiento de dichas medidas, el juez pondrá en conocimiento del Ministerio Público los antecedentes, sin perjuicio de imponer al infractor, como medida de apremio, arresto hasta por quince días.

En lo que respecta al registro especial, el senador Alberto Espina sostuvo que finalmente, la instancia parlamentaria resolvió “especificar que se estamparán en el Registro Especial de violencia intrafamiliar, tanto la sanción principal como las medidas accesorias aplicadas al agresor, con excepción de la obligación que se imponga de asistir a programas terapéuticos o de orientación familiar”.

Por otra parte, se modificó la definición de violencia intrafamiliar incorporando a los parientes del conviviente entre los sujetos que puedan ser considerados para estos efectos. 



 

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